El pasado jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) volvió a tumbar el complemento de brecha de género en las pensiones.
Y muchos pensionistas se preguntan ¿y ahora qué?
¿perderé esa ayuda en mi pensión?
¿y que pasará con las pensiones que se reconozcan a partir de ahora?
¿muchas dudas que intentaré resolver?
Para empezar, hay que puntualizar que tanto los pensionistas que perciben el anterior complemento de maternidad como los que perciben el actual complemento de brecha de género en pensiones MANTENDRÁN esos complementos en su pensión, ya que ambos están RESPALDADOS por la legislación vigente en el momento de su reconocimiento.
¿Pero qué efectos tendrá la sentencia del alto tribunal europeo?
Por lo pronto, la sentencia del TJEU OGLIBARÁ de nuevo a nuestro país a ADAPTAR la legislación EVITANDO discriminación entre sexos en su reconocimiento, es decir, habrá que MODIFICAR el artículo 60 de la LGSS para que a hombres y mujeres se les exijan los mismos requisitos para su percibo.
Eso si, la sentencia del alto tribunal europeo no cuestiona el hecho de que se reconozca SÓLO A UNO de los progenitores. Y este detalle es importante, porque actualmente las pensiones de los hombres son un 31% más altas que las de las mujeres, por tanto, si este complemento sólo lo puede cobrar uno de ellos y, como establece actualmente la norma, lo percibe el progenitor con pensión más baja. EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS, SERÁ LA MUJER QUIEN LO PERCIBA.
¿Y qué pasará con aquellos hombres que en su día se les denegó?
Este complemento lleva aplicándose desde 2021 y en estos cuatro años y medio, se les ha denegado a muchos hombres en base a los criterios que en su día contenía la legislación española y que la sentencia elimina.
Por lo que, seguramente, al igual que sucedió cuando el tribunal europeo tumbó el anterior complemento de maternidad, muchos hombres podrán solicitar que se les revise por si en estos momentos pudieran tener derecho.

No hay comentarios:
Publicar un comentario