lunes, 19 de febrero de 2024

¿Cuándo puedo jubilarme y cuánto me quedaría?

Para poder jubilarnos son necesarios dos requisitos:

- 15 años cotizados en toda la vida laboral y 

- 2 de ellos en los últimos 15 años de edad.

¿Pero a qué edad puedo jubilarme?

Hasta 2013 la edad ordinaria de jubilación eran los 65 años, sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley 27/2011, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral del trabajador.


En 2024 aquellas personas que tengan cotizados más de 38 años podrán jubilarse a los 65 años, sino alcanzan esos años de cotización, podrán hacerlo con 66 años y 6 meses.


Aun así, la Ley 27/2011 recogía una cláusula de salvaguarda que permite a todas las personas que, hubieran perdido su trabajo antes de la entrada en vigor de esta ley (1-1-2013) y no hayan trabajado (o lo hayan hecho de manera esporádica) poder jubilarse con la Ley antigua (es decir, a los 65 años)


¿y cuánto me quedaría de jubilación?


La cuantía de la jubilación depende de dos factores: Base Reguladora y Porcentaje.


Para calcular la base reguladora de aquellas personas que se jubilen en 2024, se tendrán en cuenta los últimos 25 años de cotización (300 meses de cotización) previos a la fecha del hecho causante. Las últimas 24 bases de cotización (correspondientes a los 2 últimos años,) se computarán según su valor nominal, mientras que todas las anteriores se actualizarán según la evolución de Índice de Precios al Consumo (IPC) durante todo ese período.


El porcentaje es variable en función de los años de cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años, aumentando a partir del decimosexto año un 0,21% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 49, y un 0,19% los que restantes 209 meses. Para tener derecho al 100% de la base reguladora será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses.



Ejemplo práctico de cálculo del porcentaje:


Juan se jubila en 2024 y tiene 35 años cotizados (420 meses), su porcentaje de jubilación será:

  • Por los primeros 15 años (180 meses) = 50%.

  • Por los 49 meses siguientes = 10,29%. (49x0,21%)

  • Por los 191 meses restantes = 36,29%. (191x0,19%)


Por tanto, la suma de 50% + 10,29% + 36,29% da un total de 96,58% que será el porcentaje que se aplicará a la base reguladora de Juan.

Si su base reguladora es de 1.500 euros, la jubilación que le corresponderá a Juan será de 1.448,70 euros x 14 pagas. En bruto, es decir, sin descontar el IRPF.

Con la Ley antigua, el porcentaje es variable en función de los años de cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años, aumentando un 3% por cada año adicional comprendido entre el decimosexto y el vigésimo quinto y un 2% a partir del vigésimo sexto hasta alcanzar el 100% a los 35 años.


Para conocer cuánto concretamente te quedará de jubilación, la Seguridad Social dispone de una magnifica herramienta digital en su Sede Electrónica


Alfonso Muñoz Cuenca

Funcionario de Seguridad Social

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